Ley 98-25 de Residuos Sólidos: impacto fiscal por tamaño de empresa y posible efecto en los precios

SANTO DOMINGO. La Ley 98-25, que modifica la Ley 225-20, sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, introduce un aumento significativo en la contribución especial que deben pagar las empresas en la República Dominicana para financiar el sistema nacional de manejo de residuos.

Aunque no se trata de un impuesto tradicional, su diseño, basado en ingresos y no en utilidades, tiene implicaciones directas sobre la estructura de costos empresariales y efectos indirectos sobre los consumidores.

¿QUÉ CAMBIA CON LA LEY 98-25?
La norma actualiza los montos de la contribución especial obligatoria que pagan las empresas según su nivel de ingresos anuales declarados ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). A diferencia del impuesto sobre la renta (ISR), esta contribución no depende de la rentabilidad, sino del volumen de ventas, lo que la convierte en una carga fija adicional.

COMPARACIÓN DE MONTOS: ANTES Y AHORA

Bajo la Ley 225-20, vigente desde 2021, los montos eran considerablemente menores. La Ley 98-25 introduce incrementos que, en algunos tramos, llegan al 500 %.

Ingresos anuales hasta RD$1,000,000 antes pagaban RD$500 y ahora tendrán que pagar RD$3,000, por lo que aumenta 500 %.

Los ingresos entre RD$1 millón y RD$8 millones antes pagaban RD$1,500 y en lo adelante los ingresos entre RD$1 millón y RD$10 millones deben pagar RD$6,000, para un aumento de 300 % para quienes estaban en el rango de RD$1 millón y RD$8 millones.

Mientras que las empresas con ingresos entre RD$10 millones y RD$25 millones ahora deben pagar RD$20,000 y antes, quienes estaban entre RD$8 millones y RD$20 millones pagaban RD$5,000, para un incremento de 300%.

Las que tienen ingresos entre RD$25 millones y RD$50 millones ahora aportarán RD$155,000, mostrando un incremento de 416 % ya que antes pagaban RD$30,000 los que estaban entre RD$20 millones y RD$50 millones.

Y las empresas que tengan ingresos mayores a RD$100 millones, en lo adelante pagarán RD$675,000 para un crecimiento de 159 % ya que antes pagaban RD$260,000.

IMPACTO POR ESCALA EMPRESARIAL

Para las micro y pequeñas empresas, aunque los montos absolutos son bajos, el impacto es sensible para negocios con márgenes reducidos y alta presión de liquidez. Para muchos, la contribución se percibe como una cuota fija adicional.

Para las pequeñas y medianas empresas el efecto es más visible. El aumento obliga a presupuestar la contribución como un costo recurrente, especialmente en sectores intensivos en transporte, empaques o consumo energético.

Para las medianas y grandes empresas los montos más elevados pueden diluirse en grandes volúmenes de venta, pero aun así influyen en decisiones de precios, eficiencia operativa y competitividad.

¿AFECTA A LAS PERSONAS FÍSICAS?
En la práctica actual, la obligación directa recae principalmente sobre personas jurídicas. Sin embargo, las personas físicas pueden verse afectadas de forma indirecta si las empresas trasladan este mayor costo a los precios de bienes y servicios.

EL POSIBLE TRASLADO A PRECIOS
Desde el punto de vista económico, es razonable esperar que parte de esta contribución sea transferida al consumidor final, sobre todo en sectores con baja competencia o demanda inelástica, como alimentos, transporte y servicios básicos.

Este traslado no aparecería como un cargo explícito, sino como parte de ajustes generales de precios.

La Ley 98-25 busca fortalecer el financiamiento del sistema de residuos sólidos, un objetivo necesario para la sostenibilidad ambiental del país. No obstante, su impacto fiscal plantea interrogantes sobre equidad, eficiencia y retorno social. El reto para el Estado será demostrar que el mayor esfuerzo contributivo se traduce en mejoras visibles y medibles en la gestión de residuos, evitando que el costo termine recayendo, de forma silenciosa, sobre los consumidores.