SANTO DOMINGO.- El consejo directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) aprobó y ordenó mediante la resolución número 023-19, la puesta en ejecución del nuevo protocolo a seguir para la continuación del proceso pendiente de adecuación de las concesiones y licencias para frecuencias, de conformidad con la Ley número 153-98 que rige los servicios públicos de telecomunicaciones en el país.
Otorgó, asimismo, el plazo de 60 días calendario a partir de la fecha de publicación de la resolución para que los interesados que así no lo hayan hecho, presenten y completen ante el Indotel las correspondientes solicitudes de adecuación.
Advirtió que se declarará inadmisible toda solicitud de adecuación depositada fuera del referido plazo, declarando la caducidad por falta de interés de aquellas autorizaciones en las cuales no se haya completado el depósito de la documentación solicitada por el INDOTEL y su título habilitante declarado extinto. Declaró “como una falta de tipo muy grave, la negativa a la entrega de la información solicitada por el órgano regulador en el presente protocolo de adecuación a la Ley No. 153-98”.
La medida está dirigida a concluir el Plan de Adecuación de las Concesiones y Licencias expedidas por la antigua Dirección General de Telecomunicaciones (DGT) con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley General de Telecomunicaciones.
La resolución fue firmada por el presidente del consejo directivo, Nelson Guillén Bello, y los consejeros Yván L. Rodríguez, en representación del ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, miembro ex oficio; Fabricio Gómez Mazara, Marcos Peña Rodríguez y el director ejecutivo en funciones y secretario del consejo, César García Lucas.
El protocolo
Con el protocolo para el proceso de adecuación a la ley número 153-98, se busca que el Indotel “pueda expedir a favor de sus titulares las correspondientes Autorizaciones actualizadas, de conformidad con las disposiciones de la legislación vigente”.
Además, actualizar los plazos de vigencia de las indicadas Autorizaciones, así como las especificaciones jurídicas, técnicas y económicas cuando correspondan.
Igualmente que “las Autorizaciones actualizadas especifiquen, de manera clara y precisa, los derechos y obligaciones relacionados con la prestación u operación de los servicios o el uso de las frecuencias de que se trate, en apego a lo dispuesto por la Ley No. 153-98 y los reglamentos y resoluciones del INDOTEL”.
“El presente documento establece los requisitos, el procedimiento a seguir y los criterios de evaluación para completar el proceso de adecuación de las concesiones y licencias otorgadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley General de Telecomunicaciones, No. 153-98, de fecha veintisiete (27) de mayo del año mil novecientos noventa y ocho (1998)”, explica.
La resolución establece, asimismo, los requisitos legales, técnicos y un proceso de evaluación que incluye cuatro pasos, los cuales abarcan entre otras medidas, la identificación de los actos administrativos que autorizan a la prestación de un servicio o al uso del espectro radioeléctrico, así como los actos que modifican algún aspecto de la autorización.
En lo que respecta a los requisitos técnicos, el protocolo creó el formulario de estaciones de radiocomunicaciones debidamente completado (uno por cada transmisor). En dicho formulario se indica, igualmente, la autorización en la que se ampara el transmisor, frecuencia central, ancho de banda, clase de emisión, potencia autorizada, ganancia de antena, altura de la antena sobre el terreno, coordenadas geográficas de la(s) antena(s) y el Azimut, así como descripción de la red y servicios prestados.